Hemos recibido la consulta de una chica que tiene una tienda de ropa en un local en alquiler.
El incendio se ha producido porque el sistema eléctrico se ha incendiado, las causas no se saben pero si el punto de inicio del siniestro.
La tienda tiene un seguro de daños al continente que lo paga el dueño de la tienda pero no tiene daños al contenido.
El contenido es propiedad de la inquilina, los daños no han sido cuantiosos por el incendio, han sido cuantiosos los causados por los bomberos, de hecho la ropa casi toda la tiene que tirar.
El primer problema que se plantea es si tiene que seguir pagando la renta como asi se lo exige el propietario. Desde nuestro punto de vista no porque el motivo del alquiler es una actividad comercial que no se puede realizar.
Lo segundo que nos pregunta es que hace con la ropa, lo que le hemos recomendado es que la tase con las facturas de compra y si puede hacer un salvamento que lo haga y que quede constancia de el. El salvamento para los que no lo sepan es vender a precio de saldo mercancías afectadas por un siniestro. Hay empresas especializadas en hacer salvamentos y se hacen cargo de todo tipo de mercancía, luego dan salida a la mercancía en locales donde se vende al detalle todo tipo de mercancía de siniestros.
Otra de las preguntas que nos ha realizado es quien se hace cargo de los daños en la mercancía. Si el siniestro se origina en un elemento del continente como es el sistema eléctrico debe de ser el propietario del continente quien sea el responsable, a no ser que se pueda demostrar que haya sido ella la que lo ha utilizado mal y esta sea la causa del daño. Esto no se ha podido demostrar por lo que su responsabilidad de la inquilina no existe.
Como no hay dos sin tres, el seguro del propietario le manifiesta que si bien tiene contratada la cobertura de responsabilidad civil del continente, hay una exclusión para las relaciones contractuales. En este caso existe una relación mercantil entre el propietario y la inquilina.
Como va acabar pues el propietario tendrá que hacerse cargo de los daños por el incendio y llegar a un acuerdo como por ejemplo descontar de las rentas futuras el valor de la mercancía afectada.
Dentro de los daños debería de cuantificar la tasa que paga de autónomos que es lo mismo que la renta. La tasa de autónomos le sirve para trabajar vendiendo ropa y si no puede hacerlo por un siniestro esta incurriendo en un gasto que también debería de reclamar.