CALCULO DEL SOBRECOSTE DEL CARTEL
En este escrito vamos a exponer dos formas de ver como desde nuestro criterio se puede valorar el exceso que ha pagado un comprador de una auto afectado por el cartel del automóvil.
Partimos siempre de la misma documentación que es :
- Factura de compra del vehiculo.
- Datos del Instituto nacional de estadística del I.P.C.
- Sentencia del tribunal de la competencia.
- Intereses legales de demora del 3%
En los dos casos el vehiculo es El vehiculo es un Ford Fiesta MY 2013 TREND100 5 puertas.
Primer método.
Para el calculo del sobrecoste del vehiculo nos basamos en una interpretación de la resolución de la comisión sobre el tema que nos ocupa. La Comision en su resolución determina que el cartel influyo en los precios entre un 10 y un 15%, A nuestro entender esa influencia es anual porque las empresas fijan los precios todos los años por lo menos los revisan con respecto al año anterior.
Pero en función de que factores fijan los precios las empresas, I.P.C costes, políticas comerciales e.t.c pero siempre los fijan teniendo en cuenta el año anterior. Por ejemplo un kilo de carne influye los costes de los piensos la mano de obra, procesado distribución nueva normativa i.p.c .Imaginemos que existe cartel en este mercado cada año amañarían los precios con respecto a los costes actuales y precios del año anterior.
En el mercado del automóvil donde son grandes grupos como por ejemplo el Wolkswagen que tiene 9 marcas de autos, el grupo Toyota 5 marcas. Unido a esto son propietarios de empresas de suministros.
Los beneficios son estratosféricos, el grupo Wolkswagen en los seis primeros meses de 2021 obtuvo unos beneficios de 8.454 euros, Dainler Mercedes de 8.077 euros.El sector en el primer semestre de 2021 ha obtenido unos beneficios de 55.000 millones de euros. Los datos del sector en 2020 son parecidos.
Lo curioso es obtener estos resultados en plena pandemia , falta de chipsy transición hacia la electrificación. Sin estos condicionantes los beneficios serian todavía mas gigantescos
Estos grandes la fijación de precios lo hacen como antes hemos mencionado de forma anual.
Teniendo en cuenta los condicionantes antes citados y una vez estudiados se aplican al precio del año anterior.
Por eso el proceso de cartelización se hizo anual se aplico el 10 al 15 % los precios cada año.
Esto lo que hace es que los precios afectados por el cartel del 2007, también se vieron afectados por el cartel del 2006 y los precios del 2008 se vieron afectados por los del 2006 y 2007.
Pero que ocurre si entendemos erróneamente, que el cartel que actuó durante 8 años fijando precios sin tener en cuenta el precio del año anterior. Si tenemos en cuenta el 10% nos daría un resultado de 1.25% anual y si utilizamos el 15% nos da 1,8% anual.
Si es asi podemos decir que el cartel apenas ha influido en el consumidor final.Es mas nadie se puede creer que grupos empresariales de la magnitud económica de la industria del automóvil por un incremento de precio 1,25 o 1.8% anual entraría en un cartel con esas cifras.
Pero es que además nos encontraríamos ante una paradoja, porque no todas las marcas estuvieron los 8 años en el cartel, si pensamos que el daño es 1,25 % porque ha sido la división del 10% entre los 8 años, la marca que ha estado solo un año le correspondería un 10% Con esto las marcas que han estado menos tiempo en el cartel estarían mas castigadas que las que han estado mas tiempo.
Resumiendo si ha existido cartel, que según la resolución de la comisión ha existido,el calculo se debe de hacer teniendo en cuenta la influencia del cartel del año anterior.
Hay algo que tambien merece la pena resaltar, cuando te vas a comprar un vehículo no lo puedes hacer con el dinero en mano (cash) sino que te obligan a financiarlo con lo que el precio final del auto es todavía mayor. Por lo que en el caso de los compradores que quisieron comprar el auto cash y no se lo dejaron hacer estos sobrecostes financieros también estarían incluidos en los daños del cartel. Abundando sobre esta idea incluso a los que debieron de financiarlo también les afecto económicamente el cartel.
Siendo rigurosos además del sobre coste y los intereses legales estas cifras se deberían de incrementar sobre los intereses que se han pagado del sobrecoste durante los años del crédito.
No tenemos acceso al crédito que se pidió en este caso.
Calculo del sobrecoste.
Tendremos en cuenta, el sobrecoste, la actualización del dinero y los intereses de demora
Precio de compra según factura 11.233 euros.
Año de compra 2013.
Años que afecto el cartel en este caso.2066,2007,2008,2009,2010,2011.2012. Es decir 7 años
Utilizaremos un 10% del sobrecoste según la resolución para no entrar en discrepancias por ser el porcentaje mas bajo de la resolución.
7 años que influyo el cartel mas el año del 2013 que tambien influyo nos dan un sobre coste del 80%
El auto según factura costo 11.233 euros el sobrecoste fue entonces de 8.968 euros.
Actualización del sobrecoste
Según las tablas utilizada por hacienda.
Cálculo de variaciones del Indice de Precios de Consumo (ine.es)
El auto fue comprado en febrero de 2013
Variación del Indice General Nacional según el sistema IPC base 2016 desde Febrero de 2013 hasta Diciembre de 2021 | |
Indice | Porcentaje(%) |
Nacional | 11,4 |
El método utilizado para el cálculo de las tasas de variación del IPC se describe en la metodología
Esto nos da que la actualización del sobrecoste es de 11,4%x8.968 euros nos da una actualización de 1.024 euros.
Intereses de demora ( 3%), con la formula de interés simple.
Los años desde el 2013 son 9 años de intereses de demora,
9años x 3%x8.968 euros= 2.421 euros
RESUMEN.
Sobrecoste 8.968euros
Actualización 1.024 euros
Intereses 2.421euros
Total 12.413 euros
SOBRECOSTE 12.413 EUROS
2º METODO DE CALCULO
Para el calculo del sobrecoste hemos partido de un datos objetivos, El primero con respecto a esta tasa la resolución de la Comision Nacional de los mercados y la competencia menciona que el cartel influyo entre un 10 y un 15% en los precios. Para el calculo utilizaremos el 10% para que no haya discrepancias.
Utilizaremos , Cálculo de variaciones del Indice de Precios de Consumo (ine.es) por ser el utilzado por Hacienda para actualizar el dinero.
Y los intereses legales que aplican los juzgados que son el 3%.
Formula
Precio pagado P
Porcentaje del 10% sobre el precio pagado 10%P
Actualizacion del dinero según tablas A
Intereses legales I
CALCULO DEL SOBRECOSTE
Valoracion de la cuantia económica.
10%P+A+I
Precio de compra según factura 11.233 euros.
10%P: 1.123 euros
Actualizacion
ebrero de 2013 hasta Diciembre de 2021 | |
Indice | Porcentaje(%) |
Nacional | 11,4 |
Es decir un 11,4 % de 1.123, lo que nos da 128 euros.
Intereses de demora.( 3%)
3% | 634,21 € |
3% | 395,22 € |
3% | 253,68 € |
3% | 167,71 € |
3% | 114,20 € |
3% | 80,10 € |
3% | 57,87 € |
3% | 43,06 € |
3% | 33,00 € |
Total Porcentanje del 10% mas actuliazacion del dinero mas intereses de demora
1.123 +128+634 =1.885
Hay algo que tambien merece la pena resaltar, cuando te vas a comprar un vehículo no lo puedes hacer con el dinero en mano (cash) sino que te obligan a financiarlo con lo que el precio final del auto es todavía mayor. Por lo que en el caso de los compradores que quisieron comprar el auto cash y no se lo dejaron hacer estos sobrecostes financieros también estarían incluidos en los daños del cartel. Abundando sobre esta idea incluso a los que debieron de financiarlo también les afecto económicamente el cartel.
Siendo rigurosos además del sobre coste y los intereses legales estas cifras se deberían de incrementar sobre los intereses que se han pagado del sobrecoste durante los años del crédito.
No tenemos acceso al crédito que se pidió en este caso.
Total 1.885 euros de sobrecoste.